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SCJN avala sanciones por llamadas de cobranza abusivas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que los bancos y financieras pueden ser sancionados si incumplen las reglas relacionadas con los despachos de cobranza que contratan. La decisión fortalece la supervisión de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) y obliga a las instituciones a registrar, reportar y actualizar la información de las empresas encargadas de realizar cobros. El fallo no elimina las llamadas de cobranza, pero sí aumenta la responsabilidad de los bancos sobre las prácticas de los despachos externos.

La resolución deriva del Amparo en Revisión 323/2025, analizado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El caso surgió luego de que una institución financiera impugnó diversas disposiciones relacionadas con el registro y supervisión de despachos de cobranza.

La entidad argumentó que las reglas eran poco claras y que existían dudas sobre las obligaciones que debían cumplir las financieras.

Sin embargo, la SCJN concluyó que el sistema normativo es constitucional y que las obligaciones están claramente definidas.

La Corte determinó que las instituciones financieras tienen la obligación de informar a la CONDUSEF sobre los despachos que utilizan para gestionar adeudos.

También deben reportar cuando no cuentan con este tipo de servicios.

La resolución entró en vigor desde enero de 2026 y fortalece las facultades de supervisión de las autoridades financieras.

¿Qué cambia con las llamadas de cobranza de bancos y financieras?

Uno de los principales efectos del fallo es que las instituciones financieras tendrán menos margen para deslindarse de los despachos externos que contratan.

En muchas ocasiones, los usuarios recibían llamadas insistentes o intimidatorias realizadas por empresas externas.

Cuando surgían quejas, algunas instituciones argumentaban que la responsabilidad correspondía únicamente al despacho.

La decisión de la SCJN refuerza la obligación de las financieras de responder por el cumplimiento de sus deberes regulatorios.

Esto significa que la autoridad podrá sancionar a las entidades que incumplan las reglas de registro y reporte.

El fallo no prohíbe las gestiones de cobranza.

Tampoco elimina las llamadas para recuperar adeudos.

Lo que establece es una mayor vigilancia sobre quién realiza esos cobros y bajo qué condiciones opera.

¿Qué es REDECO y por qué es importante?

El Registro de Despachos de Cobranza (REDECO) es una plataforma administrada por la CONDUSEF.

Su función es identificar qué despachos trabajan para bancos, financieras y otras instituciones de crédito.

Este sistema permite a los usuarios conocer qué empresa está detrás de una llamada de cobranza.

También facilita la presentación de quejas cuando existen prácticas consideradas indebidas.

Gracias a este registro, las autoridades pueden verificar si un despacho se encuentra reportado correctamente.

Además, pueden detectar posibles incumplimientos de las obligaciones legales.

¿Cuándo puede ser sancionada una financiera?

La Corte confirmó que la CONDUSEF puede imponer sanciones cuando una institución financiera incumple con sus obligaciones.

Las multas pueden aplicarse en diferentes escenarios.

Por ejemplo, cuando una financiera contrata un despacho y no lo registra en REDECO.

También cuando omite reportar quejas relacionadas con la gestión de cobranza.

Otra causa de sanción ocurre cuando la institución no informa que no utiliza despachos externos.

Asimismo, puede enfrentar consecuencias si no actualiza o valida la información dentro de los plazos establecidos.

La SCJN concluyó que estas obligaciones son claras y no generan incertidumbre jurídica.

¿Qué pasa si el acoso proviene de un despacho externo?

Uno de los aspectos más relevantes para los usuarios es la responsabilidad compartida entre financieras y despachos de cobranza.

La resolución aclara que la participación de un tercero no elimina las obligaciones de la institución financiera.

Si una entidad contrató a un despacho y no cumplió con los requisitos de reporte o registro, puede enfrentar sanciones administrativas.

Esto evita que algunas empresas intenten deslindarse completamente de las acciones realizadas por los despachos contratados.

La Corte señaló que la responsabilidad regulatoria sigue existiendo aunque la gestión de cobro sea realizada por terceros.

Usuarios podrán identificar mejor a quien realiza la cobranza

La resolución también fortalece la transparencia en los procesos de cobranza.

Los usuarios tendrán más herramientas para saber quién los está contactando.

Podrán verificar qué despacho realiza la llamada y qué institución financiera lo contrató.

Además, tendrán mayores elementos para presentar quejas ante la CONDUSEF.

Esta información puede resultar útil cuando existen llamadas repetitivas, información confusa o prácticas que generen molestias.

La transparencia busca reducir zonas grises en la relación entre despachos, bancos y clientes.

¿Qué deben hacer las personas si reciben llamadas intimidatorias?

Especialistas recomiendan documentar cualquier llamada que pueda considerarse irregular.

Es importante anotar fechas, horarios y números telefónicos.

También se aconseja solicitar el nombre del despacho y de la institución financiera que representa.

Los usuarios deben evitar proporcionar datos personales sin verificar la identidad de quien realiza la llamada.

En caso de considerar que existe hostigamiento o información engañosa, pueden acudir a los canales oficiales de la CONDUSEF.

La autoridad cuenta con mecanismos para recibir y analizar quejas relacionadas con prácticas de cobranza.

¿Por qué es importante esta decisión de la SCJN?

La resolución representa un cambio relevante para el sistema financiero mexicano.

La Corte confirmó que las reglas aplicables a los despachos de cobranza son constitucionales y pueden generar sanciones.

Esto fortalece la supervisión de la CONDUSEF y obliga a las financieras a mantener actualizada la información de sus despachos.

Además, reduce la posibilidad de que una institución argumente desconocimiento de las reglas para evitar responsabilidades.

Para los usuarios, la decisión no termina con las llamadas de cobranza, pero sí refuerza los mecanismos de vigilancia y transparencia.

La decisión de la Suprema Corte obliga a bancos y financieras a asumir una mayor responsabilidad sobre los despachos de cobranza que utilizan. Aunque las llamadas para recuperar adeudos seguirán existiendo, las instituciones deberán cumplir reglas más estrictas de registro y reporte ante la CONDUSEF. Para los usuarios, esto representa más herramientas para identificar quién realiza una cobranza y presentar quejas cuando consideren que existe una práctica indebida.

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