El Comité Olímpico Internacional (COI) anunció la exclusión de atletas transgénero de la categoría femenina en los Juegos Olímpicos a partir de Los Ángeles 2028, tras aprobar una nueva política de elegibilidad basada en criterios biológicos, en una decisión que busca, según el organismo, garantizar la equidad, seguridad e integridad en las competencias deportivas.
La nueva normativa establece que la participación en pruebas femeninas quedará limitada a mujeres biológicas, determinadas mediante una prueba genética enfocada en la detección del gen SRY. El COI precisó que esta medida no será retroactiva y no afectará competencias anteriores ni programas deportivos recreativos o de base, pero sí marcará un cambio estructural en el deporte de alto rendimiento.
El organismo rector del olimpismo explicó que esta política responde a estudios científicos que identifican ventajas físicas asociadas al desarrollo masculino, especialmente en disciplinas que dependen de la fuerza, resistencia y potencia. De acuerdo con el COI, estas diferencias influyen en el rendimiento competitivo, lo que sustenta la decisión de redefinir los criterios de elegibilidad en la categoría femenina.
Además, la medida también impacta a atletas con diferencias en el desarrollo sexual (DSD), como en casos previamente debatidos en el ámbito internacional. Con ello, el COI busca establecer una regla uniforme que sustituya los criterios variables que anteriormente aplicaban las federaciones deportivas, generando un estándar global para futuras competencias.
La implementación de esta política ocurre en un contexto de debate internacional sobre inclusión y equidad en el deporte, y se alinea con posturas adoptadas en algunos países en torno a la participación en categorías femeninas. Con esta decisión, el COI fija un precedente que influirá en federaciones y competencias a nivel mundial de cara a los Juegos Olímpicos de 2028.
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